Manual-de-politica-estudiantil/
Consejo Asesor Escolar
Gobernanza
F 1.0 Estatutos del SAC
Políticas de Gobernanza F. 1.0
Política: Estatutos del Consejo Asesor Escolar
ARTÍCULO I: Nombre
El nombre de este Comité será Ánimo — Consejo Asesor de la Escuela Charter.
En adelante se hará referencia a él como «SAC».
ARTÍCULO II: Objeto
El SAC revisará el Plan Escolar Único abordando las siguientes áreas de interés antesdel 1 de octubre para el curso académico siguiente.
Posteriormente, el SAC supervisará el plan y los datos aplicables y, si es necesario, recomendará modificaciones del plan para reflejar las necesidades y/o prioridades cambiantes a lo largo del año:
A. Planes de estudios, estrategias de instrucción y materiales que respondan a las necesidades individuales y a los estilos de aprendizaje de nuestros alumnos.
B. Servicios de instrucción y auxiliares para satisfacer las necesidades de los alumnos que no hablan inglés o que hablan un inglés limitado; alumnos con necesidades especiales o excepcionales; y alumnos avanzados.
C. Un programa de desarrollo profesional para profesores, otro personal escolar, paraprofesionales y voluntarios, incluidos los que participan en programas especiales.
D. Desarrollar la capacidad de las escuelas y de los padres para una fuerte participación de los padres y elaborar y revisar anualmente una política escrita de participación de los padres, de conformidad con la Ley de Educación Primaria y Secundaria de 1965 (reautorizada por última vez como Ley de Éxitos de Todos los Alumnos).
La política deberá:
- Proporcionar la coordinación, asistencia técnica y demás apoyo necesarios para ayudar a la escuela a planificar y llevar a cabo actividades eficaces de participación de los padres para mejorar el rendimiento académico de los alumnos y el rendimiento escolar.
- Coordinar e integrar las estrategias de participación parental [under Title I] con las estrategias de participación parental de otros programas, según proceda.
- Llevar a cabo, con la participación de los padres, una evaluación anual del contenido y la eficacia de la política de participación de los padres en la mejora de la calidad académica de las escuelas…, incluida la identificación de los obstáculos a una mayor participación de los padres en las actividades (con especial atención a los padres económicamente desfavorecidos, discapacitados, con dominio limitado del inglés, con alfabetización limitada, o de cualquier minoría racial o étnica), y utilizar los resultados de dicha evaluación para diseñar estrategias para una participación más eficaz de los padres, y revisar, si es necesario, las políticas de participación de los padres descritas en esta sección.
- Implicar a los padres en las actividades de la escuela.
E. Revisión del presupuesto escolar para garantizar un gasto acorde con los objetivos del plan.
El SAC tendrá la aprobación preliminar del presupuesto escolar para el año fiscal siguiente antes de que el director lo someta a la aprobación del Consejo de Escuelas Públicas de Green Dot California.
El director podrá realizar modificaciones en el presupuesto tras la aprobación preliminar del SAC y les informará de dichos cambios en la siguiente reunión mensual.
F. Otras actividades y objetivos que designe el Consejo de Administración de Punto Verde.
ARTÍCULO III: Afiliación
Sección I: Composición
A. El CAE estará compuesto de la siguiente manera:
-
El Director o la persona designada por la Administración
-
Tres (3) profesores seleccionados por los profesores
-
Un (1) miembro del personal clasificado/consejero elegido por el personal clasificado o los consejeros
-
Cinco (5) padres, alumnos o miembros de la comunidad serán elegidos mediante un procedimiento electoral abierto a todas las partes interesadas.
Si un Consejo Asesor Escolar (CAE) decide modificar los estatutos recomendados para ofrecer una composición diferente, ten en cuenta los siguientes requisitos:
- La mitad de los miembros del SAC son el director, los profesores y otro personal del centro.
Los profesores de aula constituyen la mayoría de este grupo. - La mitad restante de los miembros está formada a partes iguales por estudiantes elegidos por los estudiantes, y por padres u otros miembros de la comunidad seleccionados por los padres.
B. Antes de la segunda reunión del SAC, se establecerá una lista de padres, alumnos e interesados clasificados suplentes.
Los suplentes sólo votarán si un miembro titular está ausente.
La lista de padres suplentes estará formada por los miembros restantes del cuerpo de padres.
La lista alternativa de alumnos estará formada por los miembros restantes del consejo de alumnos.
La lista de clasificados suplentes estará formada por el resto del personal clasificado a tiempo completo (director de oficina, responsable de seguridad escolar y coordinador de padres).
La lista de profesores suplentes se establecerá a partir de los candidatos que no hayan superado las elecciones generales, por orden de llegada en la votación.
El director puede hacer que el subdirector le represente en ausencia.
C. Elecciones
- Las elecciones para el personal y los alumnos se celebrarán antesdel 1 de octubre.
- Los nombramientos o la elección de los miembros padres se efectuarán/tendrán lugar antesdel 1 de octubre.
Sección 2: Mandato
Todos los miembros electos del CCC ejercerán sus funciones durante un año, sin límite de mandatos consecutivos.
Sección 3: Derecho de voto
El número de miembros con derecho a voto no excederá de doce (12).
Cada miembro tendrá derecho a un voto y podrá emitirlo en cada asunto sometido a votación del Consejo.
El suplente elegido votará en ausencia del representante.
No se permitirá el voto por correo.
Sección 4: Cese de afiliación
Un miembro dejará de serlo si deja de cumplir los requisitos de afiliación por los que fue seleccionado.
Los puestos vacantes como resultado de la acción anterior se cubrirán por nombramiento del presidente para la duración del curso escolar utilizando la lista de suplentes en la secuencia especificada en el Artículo III, Sección 1B.
Sección 5: Transferencia de afiliación
La condición de miembro electo del SAC no es transferible ni asignable.
Sección 6: Dimisión
Las dimisiones se aceptarán previa notificación por escrito al Presidente.
Los puestos vacantes como consecuencia de la dimisión de un miembro se cubrirán por nombramiento durante el curso escolar, utilizando la lista de suplentes en la secuencia especificada en el Artículo III, Sección 1B.
Sección 7: Vacantes adicionales
Si un suplente no está disponible, cada grupo representado será responsable de seleccionar a un nuevo miembro para la duración del curso escolar mediante un proceso electoral.
Sección 8: Inasistencia a las reuniones
Todos los miembros del CCC con derecho a voto notificarán al Presidente su ausencia antes de la reunión.
El miembro que no asista u otro miembro del CCC requerido se responsabilizará de notificar y solicitar de la lista activa de suplentes, un suplente que asista en su lugar.
Los alumnos pueden consultar con el asesor del consejo de alumnos para encontrar un miembro suplente.
Los padres pueden consultar al coordinador de padres o al director para encontrar un miembro suplente.
Sección 9: Suplentes
Todos los miembros dispondrán de una lista activa de suplentes del SAC.
La lista de suplentes estará compuesta por al menos un profesor, tres alumnos, tres padres, un miembro del personal clasificado y un miembro del personal administrativo, que se seleccionarán según sea necesario de acuerdo con estos Estatutos.
Cuando un suplente asista en sustitución de un miembro con derecho a voto, lo indicará al comienzo de la reunión.
ARTÍCULO IV: Directivos
Sección 1: Funcionarios
Los cargos del CCC serán un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y los demás cargos que el CCC considere oportunos.
Sección 2: Elección de cargos
Todos los cargos serán elegidos por los miembros con derecho a voto del CCC mediante votación en una reunión electoral que se celebrará en la primera reunión tras la finalización de todas las elecciones, tal y como se estipula en el Artículo III, Sección 1, no más tardedel 1 de octubre.
Los nuevos cargos asumirán sus funciones al término de la reunión electoral.
Si un dirigente dimitiera antes de que se celebren nuevas elecciones, el Presidente nombrará a un miembro en regla para que asuma el cargo hasta la siguiente reunión ordinaria, en la que podría cubrirse la vacante.
Sección 3: Eliminación
Cualquier directivo podrá ser destituido por el voto de dos tercios de todos los miembros que formen parte del CCC cuando, a juicio del CCC, ello redunde en beneficio de los intereses del CCC.
Sección 4: Vacante
Una vacante en cualquier cargo por fallecimiento, destitución, inhabilitación o cualquier otra causa, se cubrirá mediante una elección especial en la siguiente reunión del CAE para la parte restante del mandato.
Sección 5: Presidente
El Presidente presidirá todas las reuniones del CCC, aprobará el orden del día antes de su publicación y podrá firmar todas las cartas, informes y otras comunicaciones del CCC.
Además, el Presidente desempeñará todas las funciones inherentes al cargo de Presidente y las demás funciones que le asigne el CCC en cada momento.
Sección 6: Vicepresidente
Las funciones del Vicepresidente consistirán en representar al Presidente en las tareas que se le asignen y sustituir al Presidente durante su ausencia, y el Vicepresidente desempeñará las demás funciones que de vez en cuando le asigne el Presidente o el CCC.
Sección 7: Secretario
El Secretario se encargará de la custodia de las actas de las reuniones, tanto ordinarias como extraordinarias, y transmitirá sin demora a cada uno de los miembros, y a las demás personas que el CCC considere, copias fieles y correctas de las actas de dichas reuniones; velará por que todas las notificaciones sean debidamente cursadas de conformidad con las disposiciones de estos estatutos; custodiar los archivos del SAC; llevar un registro de la dirección y el número de teléfono de cada miembro del SAC, que dicho miembro facilitará al Secretario; y, en general, desempeñar todas las funciones inherentes al cargo de Secretario y las demás funciones que el Presidente o el SAC le asignen ocasionalmente.
ARTÍCULO V: Comités
Sección 1: Comisiones permanentes y especiales
El SAC puede crear y suprimir de vez en cuando los comités permanentes o especiales que desee.
Ningún comité permanente o especial podrá ejercer la autoridad del SAC.
Sección 2: Afiliación
Salvo que el CCC decida lo contrario en su decisión de crear un comité, el Presidente del CCC nombrará a los miembros de los distintos comités.
Sección 3: Mandato
Cada miembro de una comisión continuará como tal durante el plazo de su nombramiento y hasta que se nombre a su sucesor, a menos que la comisión sea disuelta o abolida antes, o que dicho miembro deje de reunir los requisitos para ser miembro de la misma.
Sección 4: Normas
Cada comité podrá adoptar normas para su propio gobierno que no sean incompatibles con estos estatutos ni con las normas adoptadas por el SAC o con las políticas del consejo de administración.
ARTÍCULO VI: Reuniones del Consejo Asesor Escolar
Sección 1: Reuniones ordinarias
El SAC se reunirá regularmente al menos una vez al mes mientras haya clases, a menos que el SAC decida por consenso que no es necesaria una reunión mensual.
Sección 2: Reuniones extraordinarias
Las reuniones extraordinarias pueden ser convocadas por el Presidente o por mayoría de votos del CCC.
Sección 3: Lugar de las reuniones
El CCC celebrará sus reuniones ordinarias y sus reuniones extraordinarias en una instalación proporcionada por la escuela y fácilmente accesible para todos los miembros del público, incluidas las personas discapacitadas.
Sección 4: Convocatoria de reuniones
Las reuniones ordinarias se notificarán al público con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.
Cualquier cambio en la fecha, hora o lugares establecidos deberá ser notificado con especial antelación.
Se dará publicidad a todas las reuniones extraordinarias.
Toda convocatoria requerida se hará por escrito; indicará el día, la hora y el lugar de la reunión; y se entregará personalmente, por correo electrónico o por correo postal a cada miembro con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas respecto a la fecha de dicha reunión.
Sección 5: Decisión del Consejo Consultivo Escolar
Todas las decisiones del CCC se tomarán sólo tras el voto afirmativo de la mayoría de sus miembros presentes, siempre que haya quórum.
Si se produce un bloqueo en la votación, el CCC debe reconsiderar la cuestión en cuestión, ya que todas las decisiones del CCC requieren el voto afirmativo de la mayoría de sus miembros presentes.
El SAC someterá las decisiones al Consejo de Administración de Punto Verde, según proceda, para su ratificación.
Sección 6: Quórum
La mayoría del número autorizado de miembros del CCC en funciones constituye el quórum para tratar los asuntos.
El Presidente puede cancelar una reunión quince minutos después de su hora de inicio designada, en caso de que no se establezca el quórum.
En ausencia de quórum, los miembros reunidos podrán votar para celebrar una reunión informativa, pero no podrán tratar asuntos.
Sección 7: Desarrollo de las reuniones
Todas las reuniones ordinarias y extraordinarias del CCC se desarrollarán de acuerdo con las REGLAS DE ORDEN DE ROBERT o de acuerdo con una adaptación adecuada de las mismas.
Sección 8: Participación pública
Todas las reuniones ordinarias y extraordinarias del SAC y de sus comités permanentes o especiales estarán abiertas al público.
En cada orden del día se asignará un tiempo para las intervenciones públicas del Consejo.
Además, el presidente podrá reconocer a invitados públicos en el transcurso de la reunión.
ARTÍCULO VII: Enmiendas
Estos Estatutos pueden ser modificados por mayoría de dos tercios de los votos del SAC en cualquier reunión oficial, y deben ser ratificados anualmente.
Rev. 06/2023
F 2.0 Estatutos DELAC / ELAC
Políticas de Gobernanza F. 2.0
Política: Estatutos DELAC
Comité Asesor de Estudiantes de Inglés (ELAC)
Comité Asesor del Distrito para Estudiantes de Inglés (DELAC)
Estatutos
ARTÍCULO I
TÍTULO
Cada colegio con 21 o más Bilingües Emergentes establecerá un Comité Asesor de Estudiantes de Inglés (ELAC) elegido.
Cada colegio con 51 o más Bilingües Emergentes establecerá un Comité Asesor de Estudiantes de Inglés del Distrito (DELAC) elegido.
ARTÍCULO II
PROPÓSITO
La finalidad del DELAC/ELAC es asesorar y hacer recomendaciones por escrito al director y al Consejo Asesor Escolar (SAC) sobre la aplicación y evaluación de los servicios del centro para los alumnos de inglés (EL).
Los miembros del comité participarán en cursos de formación que les proporcionarán las habilidades y prácticas necesarias para llevar a cabo sus responsabilidades.
El DELAC/ELAC será responsable de las siguientes tareas:
- Desarrollo de un plan maestro de distrito para los programas y servicios educativos destinados a los alumnos de inglés.
El plan maestro del distrito tendrá en cuenta los planes maestros de los centros escolares. - Realización de una evaluación de las necesidades en todo el distrito, escuela por escuela.
- Establecimiento del programa, las metas y los objetivos del distrito para los programas y servicios destinados a los alumnos de inglés.
- Desarrollo de un plan para garantizar el cumplimiento de los requisitos aplicables a los profesores y/o ayudantes de profesores.
- Revisar y comentar los procedimientos de reclasificación del distrito escolar.
- Revisa y comenta las notificaciones escritas que deben enviarse a los padres y tutores.
Si el DELAC actúa como comité asesor de padres de alumnos de inglés conforme a los artículos 52063(b)(1) y 52062(a)(2) del Código de Educación de California, el DELAC también revisará y comentará el desarrollo o la actualización anual del Plan Local de Control y Rendición de Cuentas (LCAP).
ARTÍCULO III
MIEMBROS
Sección 1: Los padres o tutores de los Bilingües Emergentes constituirán la mayoría de los miembros (51% o más) del comité.
Otros miembros del Comité: Debe hacerse un esfuerzo de buena fe para reclutar miembros de los siguientes grupos:
- Personal del centro escolar
- Administración
- Miembros o representantes de la comunidad
- Otros padres (no necesariamente de alumnos EL)
Sección 2: Cada miembro tendrá un voto.
Sección 3: Cada dirigente será elegido por un periodo de un año.
Se anima a todos los demás miembros a participar durante el tiempo que sus alumnos permanezcan en la escuela.
ARTÍCULO IV
OFICIALES
La mesa de este Comité estará compuesta por un presidente, un vicepresidente y un secretario.
Cualquier miembro de un DELAC/ELAC puede ser miembro del Comité.
ARTÍCULO V
ELECCIÓN DE LOS PADRES MIEMBROS Y DIRECTIVOS
SECCIÓN 1: Los padres o tutores de los Bilingües Emergentes elegirán a los padres miembros de DELAC/ELAC.
Los padres o tutores de los Bilingües Emergentes tendrán la oportunidad de votar en la elección.
SECCIÓN 2: Todos los cargos serán elegidos democráticamente por mayoría de votos de los miembros de DELAC.
SECCIÓN 3: Los dirigentes asumirán sus cargos una vez concluidas las elecciones.
ARTÍCULO VI
REUNIÓN
Se celebrarán 5 reuniones ordinarias durante el curso escolar.
Si se celebran menos reuniones, deben seguir cubriéndose todos los requisitos legales en todas ellas.
- Se publicará el orden del día y un recordatorio de cada reunión.
- Todas las reuniones estarán abiertas al público y se publicarán en el sitio web de la escuela, en el tablón de anuncios y en el servicio telefónico automático (si está disponible).
- Todos los avisos se publicarán tanto en inglés como en español.
- Las reuniones se celebrarán en la lengua materna de la mayoría de los miembros.
Se facilitará la traducción a las demás lenguas.
ARTÍCULO VII
ESTATUTOS Y ENMIENDAS
Sección 1: Cada DELAC/ELAC escolar adoptará unos estatutos para identificar las funciones y regular las reuniones.
Los estatutos serán válidos cuando se adopten por mayoría simple de votos de todos los miembros.
Sección 2: Los estatutos pueden modificarse en cualquier reunión ordinaria con la aprobación de la mayoría de votos.
ARTÍCULO VIII
DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS
Sección 1: Será obligación del presidente presidir todas las reuniones.
- Sé justo e imparcial.
- Comprueba que se dispone de traducción en cada reunión.
- Asiste a las reuniones de planificación de la agenda con la ayuda de otros responsables, el coordinador y el director o la persona designada.
- Implicar e informar al Comité sobre todas las transacciones y actividades del Programa para Estudiantes de Inglés de la escuela.
- Firmar todos los documentos relacionados con el Programa para Estudiantes de Inglés (con la aprobación del comité).
Sección 2: En caso de ausencia del presidente, el vicepresidente asumirá las funciones del presidente.
- Ayuda al presidente a dirigir las reuniones del ELAC.
Sección 3: En caso de que tanto el presidente como el vicepresidente no estén disponibles, el secretario de actas/corresponsal levantará acta de todas las reuniones, enviará las convocatorias de las reuniones y/o los órdenes del día, se ocupará de la correspondencia y enviará la publicidad que se le indique.
- Mantener una lista de miembros
- Levantar, leer y archivar actas precisas de todas las reuniones
- Mantener una lista de asistencia
- Mantén un archivo en un cuaderno de todas las convocatorias, órdenes del día, actas y folletos de las reuniones
- Llama a los miembros cuando sea necesario
- Realizar otras tareas por delegación
ARTÍCULO IX
CESE DE FUNCIONARIOS
- Cualquier directivo puede dimitir presentando una notificación por escrito al presidente del comité o a la dirección de la escuela.
- Si un responsable dimite, el Presidente (o los Copresidentes) pueden nombrar a otro miembro para ocupar el puesto hasta el final del curso escolar.
Si el Presidente dimite, el Copresidente ocupa el puesto vacío.
ARTÍCULO X
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
- El director de la escuela asumirá la responsabilidad del buen funcionamiento y aplicación del DELAC/ELAC.
La reunión de elección debe celebrarse además de las reuniones programadas regularmente. - El director de la escuela tendrá la responsabilidad de proporcionar la formación y los materiales adecuados para ayudar a los padres miembros a llevar a cabo sus responsabilidades.
- El director también se encargará de que se traduzcan las notificaciones y de que haya intérpretes en cada reunión del DELAC/ELAC.
ARTÍCULO XI
SUBCOMITÉS
Se nombrarán subcomités según sea necesario para promover los objetivos del Comité Asesor de Estudiantes de Inglés.
SECCIÓN 1:
- El DELAC/ELAC puede designar un Consejo Asesor Escolar (SAC) para que funcione como consejo asesor del centro para los alumnos que aprenden inglés (Código de Educación 54425).
El DELAC/ELAC puede delegar autoridad en un SAC establecido.
Los Códigos de Educación 52870, 54425 y 54733 establecen que, en primer lugar, el DELAC/ELAC ha sido debidamente constituido, debidamente informado de la opción y ha votado para renunciar a sus derechos y delegar su autoridad en el SAC (no más de tres años). - Esta acción deberá reflejarse en el acta del DELAC/ELAC.
Sin embargo, debe formarse un subcomité DELAC/ELAC del SAC, y el subcomité debe hacer recomendaciones al SAC sobre programas para estudiantes de inglés.
SECCIÓN 2: El proceso de delegación de autoridad a un SAC debe incluir lo siguiente:
- Elegir un DELAC/ELAC con miembros identificables.
- Los miembros de DELAC/ELAC están informados y conocen sus responsabilidades legales antes de votar para delegar.
- En una reunión programada del DELAC/ELAC, discutir y votar por papeleta la delegación de las responsabilidades legales del DELAC/ELAC al SAC.
- Esta decisión consta en el acta del DELAC/ELAC.
- En su siguiente reunión ordinaria, el SAC debe votar la aceptación de las responsabilidades, hacer constar esta decisión en el acta, conservar el orden del día y los folletos, las actas y las papeletas, así como un registro de asistencia en un lugar seguro.
Estos documentos deben conservarse archivados durante tres (3) años.
Aclarar todas las responsabilidades legales DELAC/ELAC al SAC.
Los miembros del SAC deben recibir formación y abordar todas las responsabilidades DELAC/ELAC.
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Fecha de presentación del proyecto de estatutos Fecha de adopción
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Presidente DELAC/ELAC Copresidente DELAC/ELAC
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Director de escuela
Rev. 06/2023